Artículo 63. Competencias de inspección.
Artículo 63 de la Ley 14/2022, de 23 de diciembre, de Juventud de La Rioja. · BOE-A-2023-1606
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-28.
Texto consolidado
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja velará por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, destinando los medios materiales y personales necesarios para el ejercicio de la función inspectora.
2. En el caso concreto del ámbito de la inspección de actividades de tiempo libre, y para el adecuado desarrollo de la actividad inspectora, se podrá determinar reglamentariamente un mecanismo de coordinación entre las diferentes consejerías implicadas.