Artículo 63. Otras empresas turísticas de mediación.
Artículo 63 de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo. · BOE-A-2016-8346
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-31.
Texto consolidado
Se podrán regular reglamentariamente otras empresas turísticas de mediación diferentes de las consideradas en este capítulo, así como atribuir actividades complementarias de mediación a otras empresas turísticas.