El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 63. Régimen jurídico de los aprovechamientos forestales.

Artículo 63 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Illes Balears. · BOE-A-2015-951

Atención: Ley 12/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los aprovechamientos forestales de los recursos maderables y leñosos se regirán por la legislación de montes y por las disposiciones de esta ley que les sean de aplicación.

2. Los aprovechamientos forestales no maderables ni leñosos se regirán por la legislación de montes y por las disposiciones de esta ley, salvo los aprovechamientos cinegéticos, que se regirán por la legislación de caza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-12.

Más artículos de Ley 12/2014

En El Vínculo puedes leer Ley 12/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.