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Ley Derogada

Artículo 63.

Artículo 63 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística. · BOE-A-1990-29990

Atención: Ley 10/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para hacer efectiva la orden de suspensión de los actos de edificación o usos del suelo, la Autoridad que haya dictado la resolución podrá ejecutarla mediante la compulsión directa sobre las personas, en la forma determinada en el artículo 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-11-18.

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