Artículo 63. Objeto.
Artículo 63 de la Ley 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria. · BOE-A-2021-8105
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-22.
Texto consolidado
Para el desarrollo de la actividad de acuicultura con carácter experimental en el marco de un proyecto de investigación, la consejería competente en acuicultura podrá otorgar una autorización experimental a entidades en cuyo objeto social figure la investigación.