Artículo 62. Duración.
Artículo 62 de la Ley 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria. · BOE-A-2021-8105
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-22.
Texto consolidado
La autorización de actividad en terrenos privados tendrá carácter indefinido, siempre que no se produzcan alguna de las causas de extinción reguladas en los artículos 52 y 53.