Artículo 62. Correspondencia con otras enseñanzas.
Artículo 62 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2006-7899
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-30.
Texto consolidado
1. El Gobierno determinará, previa consulta a las Comunidades Autónomas, las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las Administraciones educativas facilitarán la realización de pruebas homologadas para obtener la certificación oficial del conocimiento de las lenguas cursadas por los alumnos de educación secundaria y formación profesional.#aunico.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa..