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Ley Foral Vigente

Artículo 62.

Artículo 62 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud. · BOE-A-1991-7462

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-12-04.

Texto consolidado

Los certificados de acreditación se otorgarán por un período máximo de cinco años, quedando sujetos a las verificaciones que se consideren oportunas en dicho período.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-12-04.

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