El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 62. Medidas de bioseguridad durante la ejecución de la práctica cinegética.

Artículo 62 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja. · BOE-A-2022-11228

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-29.

Texto consolidado

Reglamentariamente, la consejería con competencias en materia de caza establecerá el procedimiento para el faenado de piezas capturadas, las condiciones de los lugares destinados a la junta de carnes, el destino de los restos de las piezas, la higiene en vehículos y transportes de perros de caza y cualesquiera otras que se entiendan necesarias para la lucha contra enfermedades, de acuerdo a la legislación sectorial vigente a cumplir durante la jornada de caza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-06-29.

Más artículos de Ley 8/2022

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.