Artículo 62. Modificación de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
Artículo 62 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. · BOE-A-2003-23936
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 2 del artículo 40 de la Ley 42/1999, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, que queda redactado de la siguiente forma:
«2. Reglamentariamente se determinará un sistema, basado en criterios objetivos, para integrar en una única clasificación final a quienes se incorporen a la Escala Superior de Oficiales por acceso directo o promoción interna o a las Escalas Facultativas por acceso directo o cambio de escala.»
El resto del artículo queda con la misma redacción.
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- Ver la norma completa: Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.