Artículo 62. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.
Artículo 62 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. · BOE-A-2017-7387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-29.
Texto consolidado
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley, la escala a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente:
Escala
Transmisiones directas
Euros
Transmisiones transversales
Euros
Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros
Euros
1.º Por cada título con grandeza.
2.753
6.902
16.548
2.º Por cada grandeza sin título.
1.968
4.934
11.814
3.º Por cada título sin grandeza.
785
1.968
4.736
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