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Ley Vigente

Artículo 62. Resolución del procedimiento sancionador.

Artículo 62 de la Ley 2/2026, de 14 de abril, de la Generalitat, para la mejora de la renta valenciana de inclusión. · BOE-A-2026-9799

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-10-20.

Texto consolidado

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa del procedimiento sancionador será de un año contado desde la fecha del acuerdo de iniciación, transcurrido el cual se producirá la caducidad de éste.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-10-20.

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