El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Derogada

Artículo 62. Criterios generales.

Artículo 62 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2001-90002

Atención: Decreto Legislativo 2/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. De acuerdo con las previsiones de la legislación básica del régimen jurídico de las Administraciones públicas, el recurso de alzada podrá ser sustituido por reclamación o impugnación ante una Comisión no sometida a instrucciones jerárquicas. Esta sustitución deberá establecerse, en todo caso, mediante ley.

En las mismas condiciones, las leyes podrán determinar la sustitución del recurso de reposición por los procedimientos a que se refiere el párrafo anterior, respetando su carácter potestativo para el interesado.

2. Las comisiones a las que se refiere el apartado anterior, una vez conocido el contenido de la reclamación y el expediente administrativo, emitirán la resolución que en Derecho proceda.

3. El procedimiento administrativo de actuación de estas comisiones se regulará mediante Decreto del Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y deberá respetar los principios, las garantías y los plazos que la legislación básica reconoce a los ciudadanos y a los interesados en todo procedimiento administrativo.

4. En todo caso, la reclamación deberá presentarse dentro del mismo plazo establecido para la interposición de los correspondientes recursos administrativos, y a ella se acompañarán los documentos requeridos por el ordenamiento para dicha interposición.

5. El régimen jurídico y los efectos de la ausencia de respuesta a la reclamación presentada serán los que la legislación básica establece en relación con el correspondiente recurso administrativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-21.

Más artículos de Decreto Legislativo 2/2001

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 2/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.