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Ley Vigente

Artículo 618. Efectos de la no contestación.

Artículo 618 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. · BOE-A-2000-323

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-08.

Texto consolidado

Si los demandados no contestaran la demanda de tercería de mejor derecho, se entenderá que admiten los hechos alegados en la demanda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-08.

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