El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 61. Protección frente a sequías.

Artículo 61 del Real Decreto 355/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir. · BOE-A-2013-5319

Atención: Real Decreto 355/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En relación a la protección contra sequías se estará a lo dispuesto en el Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir aprobado por Orden Ministerial MAM/698/2007, de 21 de marzo.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.8 del Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía acerca de su actualización y revisión, el Organismo de cuenca procederá, una vez sea aprobado este Plan Hidrológico, a redactar una actualización del Plan Especial, fundamentalmente en razón a:

a) La modificación que supone el nuevo régimen de caudales ecológicos del Plan Hidrológico, recogido en el capítulo 3.

b) Los cambios que, respecto a la definición anterior de los sistemas de explotación de recursos, introduce este Plan Hidrológico.

3. En atención a lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, la Memoria del presente Plan Hidrológico incorpora un resumen del Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía, con el sistema de indicadores y umbrales de caracterización, así como una síntesis de las medidas incluidas en el Plan Especial para la prevención y mitigación de la sequía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-05-22.

Más artículos de Real Decreto 355/2013

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 355/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.