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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 61. Períodos electorales.

Artículo 61 del Real Decreto 1271/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. · BOE-A-2003-19457

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-20.

Texto consolidado

1. Las elecciones de los órganos colegiales generales, Junta de Gobierno y Consejo General, y territoriales, Juntas Rectoras de las Demarcaciones, se celebrarán simultáneamente.

2. En el reglamento electoral se establecerán los plazos y normas electorales, fijando las fechas de convocatoria la Junta de Gobierno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-06-20.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-12376.

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