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Ley Vigente

Artículo 61. Graduación de las sanciones.

Artículo 61 de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.

Texto consolidado

1. Para determinar la graduación de las sanciones deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios:

a) La naturaleza de los hechos.

b) El volumen de las transacciones efectuadas.

c) Los beneficios obtenidos.

d) El grado de la intencionalidad.

e) La reincidencia.

f) Los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a terceras personas.

2. No se aplicarán estos criterios cuando hayan sido empleados para delimitar la conducta infractora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-02.

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