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Ley Vigente

Artículo 61. Modificación del artículo 169 del texto refundido de la Ley de urbanismo.

Artículo 61 de la Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto. · BOE-A-2012-3414

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-01.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 169 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 169. Enajenación onerosa de terrenos del Instituto Catalán del Suelo.

La enajenación onerosa de terrenos que sean propiedad del Instituto Catalán del Suelo puede adjudicarse directamente en los supuestos establecidos por el artículo 168 y la legislación en materia de vivienda y, en el resto de supuestos, se puede hacer directamente con el anuncio previo de la enajenación en dos de los diarios de mayor difusión de la comarca y en el tablón de anuncios del ayuntamiento del municipio al que pertenezcan para promover la concurrencia de ofertas.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-03-01.

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