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Ley Vigente

Artículo 61.

Artículo 61 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía. · BOE-A-1998-18720

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-05.

Texto consolidado

Sin perjuicio de las facultades que le atribuye la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación de general aplicación, corresponderán al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en los términos establecidos en el artículo 1 de la presente Ley, las siguientes competencias:

1. La fijación de los criterios, directrices y prioridades de la política de protección de la salud y de asistencia sanitaria.

2. La aprobación de la organización, composición y funciones del Consejo Andaluz de Salud.

3. La determinación y regulación de los órganos de participación ciudadana, referidos en los artículos 13 y 14 de la presente Ley.

4. La aprobación del Plan Andaluz de Salud.

5. La creación de las áreas de salud, así como la aprobación y modificación de sus límites territoriales.

6. La determinación de los órganos, estructura y funcionamiento de los distritos de atención primaria y los hospitales.

7. El establecimiento de las demarcaciones territoriales, a que se alude en el artículo 48 de esta Ley.

8. La aprobación de la estructura del Servicio Andaluz de Salud.

9. El acuerdo de nombramiento y de cese del Director gerente del Servicio Andaluz de Salud.

10. La autorización a la Consejería de Salud para la formación de consorcios, de naturaleza pública, u otras fórmulas de gestión, integradas o compartidas con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, con intereses comunes o concurrentes.

11. El acuerdo de constitución de las entidades de derecho público dependientes de la Consejería de Salud y la aprobación de sus estatutos.

12. La potestad sancionadora, en los términos establecidos en la presente Ley.

13. Todas las demás que le atribuya la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-05.

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