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Ley Vigente

Artículo 61. Hecho imponible.

Artículo 61 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición. · BOE-A-2011-11604

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-07.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación o realización, por los servicios veterinarios de inspección fronteriza de la Administración General del Estado, de servicios o actividades relativos a la inspección y control oficial de la importación de piensos y alimentos de origen no animal conforme a lo previsto en el Reglamento (CE) n.º 669/2009 de la Comisión Europea por el que se aplica el Reglamento (CE) n.º 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal y se modifica la Decisión 2006/504/CE.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-07-07.

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