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Ley Vigente

Artículo 61. Nombramiento de los Consejeros Generales representantes de la Junta de Andalucía.

Artículo 61 de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. · BOE-A-2000-1011

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-29.

Texto consolidado

Los Consejeros Generales correspondientes a la Junta de Andalucía serán designados por el Parlamento de Andalucía, atendiendo a la proporcionalidad con la que estén representados los grupos políticos en la Cámara.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-12-29.

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