Artículo 61. Informe al Parlamento de Galicia.
Artículo 61 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno. · BOE-A-2016-3190
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-06.
Texto consolidado
La Xunta de Galicia deberá remitir anualmente al Parlamento de Galicia un informe sobre los expedientes tramitados en aplicación del régimen sancionador previsto en este título, incluyendo referencias a los procedimientos iniciados, resueltos y, en su caso, a los que hayan sido objeto de recurso. Este informe se hará público en el Portal de transparencia y Gobierno abierto.