Artículo 60. Prescripción de infracciones y sanciones.
Artículo 60 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno. · BOE-A-2016-3190
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-06.
Texto consolidado
1. Las infracciones y sanciones reguladas en la presente ley prescribirán a los cinco años, tres años y un año, según se trate de responsabilidades muy graves, graves o leves, respectivamente.
2. Para el cómputo de los plazos de prescripción, así como para las causas de su interrupción, se observará lo dispuesto en la normativa básica de procedimiento administrativo.