El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 60. Actuaciones ante órganos colegiados.

Artículo 60 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

Texto consolidado

1. El profesional de la Procura que intervenga en la fase del proceso ante órganos colegiados, cualquiera que sea el concepto en el que comparezca y sin perjuicio de lo que corresponda por el ejercicio de la acción civil, percibirá como máximo la cantidad de 45,14 euros.

2. En los procedimientos previstos en la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, cualquiera que sea el concepto en el que comparezca y con independencia de la acción civil, percibirá como máximo la cantidad de 89,10 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

Más artículos de Real Decreto 434/2024

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 434/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.