El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 60. Moneda de presentación.

Artículo 60 del Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre. · BOE-A-2010-14621

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-25.

Texto consolidado

1. La moneda de presentación es la moneda en que se formulan las cuentas anuales.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.5 del Código de Comercio, las cuentas anuales consolidadas deberán ser formuladas expresando los valores en euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-25.

Más artículos de Real Decreto 1159/2010

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1159/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.