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Ley Foral Vigente

Artículo 60. Audiencia y participación.

Artículo 60 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente. · BOE-A-2005-1576

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-01.

Texto consolidado

1. El proyecto de disposición reglamentaria debe someterse a la audiencia de los ciudadanos, directamente o por medio de las entidades reconocidas por la ley o ley foral que los agrupen o los representen, siempre que sus fines estén relacionados con el objeto de regulación, en los siguientes casos:

a) Cuando lo exija una norma con rango de ley.

b) Cuando la disposición deba afectar a los derechos y a los intereses legítimos de los ciudadanos.

c) Cuando el Gobierno de Navarra, o el Consejero competente, lo decida motivadamente.

2. No será exigible el trámite previsto en el apartado anterior de este artículo respecto de las entidades citadas si han sido consultadas en el procedimiento de elaboración o si han participado en él mediante informes o cuando este previsto el informe de un órgano representativo legalmente establecido.

3. La audiencia no será exigible en relación con los proyectos de disposiciones que regulen la organización del Gobierno de Navarra, de la Administración de la Comunidad Foral o de las entidades públicas que de ella dependan. Asimismo, se podrá prescindir de este trámite cuando lo exijan razones graves de interés público, apreciadas por resolución del Consejero competente, las cuales deberán ponerse de manifiesto en el expediente.

4. El plazo de la audiencia debe ser adecuado a la naturaleza de la disposición, y no inferior a quince días hábiles. Por razones justificadas, y mediante acuerdo o resolución debidamente motivados, este plazo puede reducirse a siete días hábiles.

5. Las alegaciones presentadas como consecuencia de la audiencia serán debidamente valoradas e incorporadas al expediente correspondiente por el Departamento que tramite el proyecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-03-01.

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