Artículo 60. Infracciones viarias.
Artículo 60 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia. · BOE-A-2013-8086
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-12.
Texto consolidado
Tienen la consideración de infracciones administrativas viarias las acciones que vulneren las prescripciones contenidas en la presente ley, de acuerdo con la tipificación que se establece en ésta.