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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 60. Contenido.

Artículo 60 de la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia. · BOE-A-2019-13519

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

1. Los planes de gestión tendrán, como mínimo, el siguiente contenido:

a) La delimitación de su ámbito de protección.

b) La identificación de los valores que han de protegerse, su estado de conservación y los posibles riesgos que puedan afectar a sus valores naturales.

c) Los objetivos de conservación.

d) Las normas de uso y aprovechamiento del suelo y de los recursos naturales, destinadas a proteger y conservar o mejorar los valores ambientales.

e) Las normas relativas al uso público, así como a las actividades científicas o educativas.

f) La programación de las actuaciones a desarrollar en el espacio natural.

g) El programa de seguimiento.

h) La identificación de medidas para garantizar la conectividad ecológica, estableciendo o restableciendo corredores con otros espacios naturales de singular relevancia para la biodiversidad.

i) Los instrumentos financieros precisos para cumplir los fines perseguidos con la declaración del espacio.

2. En el caso de los planes de gestión que se elaboren en espacios que, conforme al artículo 49.2, hayan aprobado un plan de ordenación de los recursos naturales, el contenido de los planes de gestión referido en el apartado anterior desarrollará las directrices y criterios del respectivo plan de ordenación de los recursos naturales.

3. En el supuesto del espacio protegido Red Natura 2000, el contenido mínimo del plan de gestión será el siguiente:

a) Delimitación del ámbito territorial.

b) Caracterización socioeconómica.

c) Diagnóstico de los elementos de la biodiversidad.

d) Identificación de las prioridades de conservación.

e) Objetivos de conservación del lugar.

f) Medidas de conservación.

g) Zonificación, en caso de considerarse necesaria.

h) Sistema de seguimiento del lugar.

i) Valoración económica.

j) Evaluación e indicadores de gestión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-3415.

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