Artículo 60. Reincidencia.
Artículo 60 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud. · BOE-A-2022-8832
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-26.
Texto consolidado
A los efectos de la presente ley, existe reincidencia cuando las personas responsables de las infracciones cometan en el término de un año más de una infracción de la misma naturaleza y así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.