Artículo 60. Alojamientos turísticos extrahoteleros.
Artículo 60 de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura. · BOE-A-2011-3179
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-17.
Texto consolidado
Los establecimientos turísticos extrahoteleros se clasifican en las siguientes clases:
a) Apartamentos turísticos.
b) Albergues turísticos.
c) Campamentos de turismo.
d) Zonas de acampada.
e) Áreas de autocaravanas.
f) Cualquier otra clase que se fije reglamentariamente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-10762.