Artículo 60. Restantes instrumentos de ordenación urbanística e instrumentos complementarios.
Artículo 60 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. · BOE-A-2011-17400
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-09-20.
Texto consolidado
1. Los estudios de detalle contribuyen al establecimiento de la ordenación urbanística pormenorizada, en los términos dispuestos por esta ley.
2. Las ordenanzas y los catálogos son instrumentos complementarios de ordenación urbanística.