Artículo 60. Competencias de quienes sean titulares de las Consejerías.
Artículo 60 de la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria. · BOE-A-2006-20767
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.
Texto consolidado
Quienes sean titulares de las distintas Consejerías podrán autorizar las siguientes modificaciones presupuestarias relacionadas con el Presupuesto de sus secciones respectivas:
a) Transferencias entre créditos de la misma política de gasto, siempre que no afecten a créditos de personal.
b) Generaciones de crédito en los supuestos contemplados en los párrafos d) y f) del apartado 2 del artículo 51 de esta Ley.