Artículo 6. Masas de agua artificiales o muy modificadas.
Artículo 6 del Real Decreto 739/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta. · BOE-A-2013-10270
Atención: Real Decreto 739/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se designa como masa de agua muy modificada la masa Puerto de Ceuta, según se presenta en el cuadro C.6.1, debido a la presencia de las infraestructuras y actividades portuarias.
Cuadro C.6.1 Masas de agua costeras muy modificadas
Cod.
Nombre
Naturaleza
ES150MSPF417060003.
Puerto de Ceuta.
Muy modificada.
2. En la Demarcación de Ceuta no se han identificado masas de agua artificiales.