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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Divisiones.

Artículo 6 del Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial. · BOE-A-2010-8189

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-22.

Texto consolidado

La información existente en el Registro Integrado Industrial se estructurará en las Divisiones siguientes:

a) La división de empresas y establecimientos que realicen las actividades o instalaciones, previstas en el artículo 4.1.

b) La división de empresas o entidades de servicios relativas a la actividad industrial, referidas en el artículo 4.2.a).

c) La división de entidades o agentes en materia de seguridad y calidad industrial, que figuran en el artículo 4.2.b).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-22.

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