Artículo 6. Funciones.
Artículo 6 del Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas. · BOE-A-2023-14685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-11.
Texto consolidado
Para el cumplimiento de los fines esenciales descritos en el artículo 3, el Consejo General ejercerá las funciones de ordenación, representación, coordinación, organización y de carácter general, que se determinan en este capítulo.