El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 6. Compatibilidad de artes en el caladero del Cantábrico y Noroeste.

Artículo 6 del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales. · BOE-A-2022-10675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-29.

Texto consolidado

En el caladero del Cantábrico y Noroeste, la distancia mínima a guardar entre la derrota seguida por un buque arrastrero de fondo que se encuentre faenando y la de un buque de volanta, palangre de fondo, rasco o artes menores que se encuentre largando su arte o aparejo será de media milla.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-06-29.

Más artículos de Real Decreto 502/2022

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 502/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.