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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Documentación sobre la fabricación del medicamento.

Artículo 6 del Real Decreto 477/2014, de 13 de junio, por el que se regula la autorización de medicamentos de terapia avanzada de fabricación no industrial. · BOE-A-2014-6277

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-15.

Texto consolidado

La obtención de las células y su administración en la institución hospitalaria titular de la autorización de uso del medicamento deberá estar descrita en la solicitud de autorización de uso, incluso aunque el proceso de fabricación pueda realizarse en otra institución hospitalaria o en otra entidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.1.e). En cualquier caso, el fabricante deberá cumplir las exigencias generales que se establecen para dichos establecimientos en la fabricación de medicamentos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-15.

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