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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 6. Secretaría de las Subcomisiones.

Artículo 6 del Real Decreto 427/2005, de 15 de abril, por el que se regula la composición, las funciones y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Administración Local. · BOE-A-2005-7071

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-09-04.

Texto consolidado

1. La secretaría de la Subcomisión de Cooperación con la Administración Local será desempeñada por el titular de la Subdirección General de Administración Local y la de la Subcomisión de Régimen Económico, Financiero y Fiscal, por el titular de la Subdirección General de Estudios y Financiación de Entidades Locales, ambos de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. En los casos de ausencia, vacante o enfermedad, los citados titulares de las secretarías serán suplidos por el funcionario que designe el titular de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, con nivel, al menos, de subdirector general adjunto, en ambos casos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-09-04.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-11290.

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