Artículo 6. Seguimiento.
Artículo 6 del Real Decreto 300/2009, de 6 de marzo, por el que se crean la Medalla y la Placa a la Promoción de los Valores de Igualdad. · BOE-A-2009-5131
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-29.
Texto consolidado
El Ministerio de Igualdad creará el Libro de Registro de Distinciones, en el que constarán las incidencias relativas al expediente, tramitación, otorgamiento y demás datos que se estimen convenientes o necesarios.