Artículo 6. Tasas.
Artículo 6 del Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2009-20651
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-23.
Texto consolidado
Las tasas que hayan de abonar los interesados, en los casos y por los conceptos que procedan, constituirán ingresos exigibles por la Administración que expida los títulos.
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