Artículo 6.
Artículo 6 del Real Decreto 1831/1978, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Organismo autónomo «Escuela de Organización Industrial». · BOE-A-1978-19849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-08-04.
Texto consolidado
I. El Consejo Asesor está constituido por el Subsecretario del Ministerio de Industria y Energía, como Presidente; el Secretario general Técnico del Ministerio de Industria y Energía como Vicepresidente y los siguientes miembros:
1. El Director de la Escuela de Organización Industrial.
2. El Director general de Promoción Industrial y Tecnología del Ministerio de Industria y Energía.
3. Un Director del Instituto Nacional de Industria.
4. Un Director general del Ministerio de Educación y Ciencia.
5. Dos Vocales de libre designación del Ministerio de Industria y Energía.
6. El Secretario del Organismo que desempeñará la Secretaría del Consejo.
II. El Subsecretario del Ministerio de Industria y Energía podrá delegar la presidencia del Consejo Asesor en el Vicepresidente.