Artículo 6. Funciones de la Comisión Permanente.
Artículo 6 del Real Decreto 1517/2009, de 2 de octubre, por el que se crea el Patronato del Archivo General de Simancas. · BOE-A-2009-17496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-05.
Texto consolidado
Corresponde a la Comisión Permanente:
a) Estudiar, deliberar e informar las propuestas que deba someter a la aprobación del Pleno del Patronato.
b) Cuidar del cumplimiento, el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Patronato.
c) Asumir cuantas otras funciones le encomiende el Pleno del Patronato.
d) Dar cuenta al Pleno del Patronato de los acuerdos adoptados en el ejercicio de las funciones anteriores.