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Real Decreto Derogada

Artículo 6. La unidad de competencia.

Artículo 6 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. · BOE-A-2003-17588

Atención: Real Decreto 1128/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La unidad de competencia contiene los elementos siguientes:

a) Datos de identificación, en los que figurarán la denominación, el nivel y el código asignado.

b) Las realizaciones profesionales, entendidas como elementos de la competencia que establecen el comportamiento esperado de la persona, en forma de consecuencias o resultados de las actividades que realiza.

c) Los criterios de realización, que expresan el nivel aceptable de la realización profesional que satisface los objetivos de las organizaciones productivas y constituye una guía para la evaluación de la competencia profesional.

d) El contexto profesional, que describe, con carácter orientador, los medios de producción, productos y resultados del trabajo, información utilizada o generada y cuantos elementos de análoga naturaleza se consideren necesarios para enmarcar la realización profesional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-09-18.

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