Artículo 6. Domicilio institucional.
Atención: Real Decreto 1114/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El domicilio institucional de la entidad está en Madrid (capital), calle Jorge Juan, número 106. El cambio de domicilio tendrá que ser aprobado por el Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Consejo de Administración, adoptándose al efecto las medidas pertinentes para su general conocimiento.
La entidad podrá abrir sucursales o delegaciones en territorio nacional o internacional en los términos previstos en este Estatuto, así como contar con dependencias o instalaciones auxiliares u oficinas que reúnan las condiciones de idoneidad y seguridad adecuadas a su actividad.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1114/1999, de 25 de junio, por el que se adapta la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se aprueba su Estatuto y se acuerda su denominación como Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.