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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Naturaleza.

Artículo 6 del Real Decreto 1001/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas. · BOE-A-2002-19488

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-10.

Texto consolidado

1. El Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España es una corporación de Derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo con la Ley de Colegios Profesionales.

2. El domicilio del Consejo General radicará en la capital de España, sin perjuicio de que pueda celebrar reuniones en cualquier otro lugar del territorio español.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-10.

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