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Orden Vigente

Artículo 6. Lugar y procedimiento de presentación del modelo 696 en impreso.

Artículo 6 de la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación. · BOE-A-2012-15141

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-17.

Texto consolidado

La presentación e ingreso de la autoliquidación modelo 696 en papel impreso obtenido a través del servicio de impresión mencionado en el artículo anterior será realizada en cualquier entidad de depósito sita en territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (Bancos, Cajas de Ahorros o Cooperativas de Crédito).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-12-17.

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