Artículo 6. Formato y diseño de los mensajes informáticos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-14.
Texto consolidado
El mensaje informático en el que consiste la declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal, se ajustará al contenido que figura en el anexo I de esta orden y su formato y diseño serán los que consten en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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