Artículo 6. Aprobación del modelo 241.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-30.
Texto consolidado
Se aprueba el modelo 241, «Declaración informativa del Impuesto Complementario», que habrá de presentarse por cada periodo impositivo por los obligados a declarar, y remitirse a la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante el envío de mensajes informáticos, de acuerdo con el procedimiento y con el formato y diseño previstos en los artículos 10 y 11, y con el contenido a que se refiere el anexo II.
Más artículos de Orden HAC/1198/2025
- ← Artículo 5. Condiciones y procedimiento para la presentación del modelo 240.
- → Artículo 7. Obligados a presentar el modelo 241.
- Ver la norma completa: Orden HAC/1198/2025, de 21 de octubre, por la que se aprueba el modelo 240 «Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la declaración informativa del Impuesto Complementario», el modelo 241 «Declaración informativa del Impuesto Complementario», y el modelo 242 «Autoliquidación del Impuesto Complementario» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.