Artículo 6. Convocatorias.
Artículo 6 de la Orden ESS/1355/2015, de 25 de junio, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se regula su composición y funciones. · BOE-A-2015-7627
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-09.
Texto consolidado
Tanto el Pleno como la Comisión Permanente se constituirán válidamente, en primera convocatoria, cuando se hallen presentes las personas que ocupan la Presidencia y la Secretaría, o quienes les sustituyan, en su caso, y además, la mitad de su número de miembros totales. En segunda convocatoria, se seguirá el mismo criterio que para el Pleno, en lo que respecta a Presidencia y Secretaría, pero será suficiente la asistencia de tres vocales.
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