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Orden Vigente

Artículo 6. Nombramiento.

Artículo 6 de la Orden ESD/3669/2008, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar del Estado. · BOE-A-2008-20394

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-18.

Texto consolidado

El Presidente será nombrado por real decreto a propuesta del Ministro de Educación, Política Social y Deporte, oídos los Consejeros del Consejo Escolar del Estado, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito educativo y tomará posesión de su cargo ante el Pleno del Consejo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-18.

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